Ley de Nacionalidad Española para los Sefaradíes:
Respuestas a las Preguntas Frecuentes
4: ¿Cuándo, cómo y dónde presentar la solicitud?
¿Puedo solicitar ya la nacionalidad española al amparo de esta Ley?
No. La ley entrará en vigor el 1 de octubre de 2015, momento a partir del cual se podrán enviar las solicitudes.
¿Dónde debo dirigirme para ello?
El procedimiento previsto en la Ley es electrónico, por lo que el Ministerio de Justicia habilitará una aplicación informática.
¿Existe ya una página o sitio web para presentar solicitudes on line? En caso negativo ¿cuándo estará preparada? ¿Dónde se va a informar de su existencia y su dirección exacta?
Ahora mismo no es posible presentar las solicitudes on line. Habrá una página habilitada para ello y en funcionamiento desde el 1 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la Ley. Se informará de su existencia y dirección exacta en esta misma página web,www.mjusticia.gob.es
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
El procedimiento previsto en la Ley es completamente electrónico, por lo tanto en la sede electrónica que se habilite se pondrá a disposición del interesado el correspondiente modelo de solicitud on line.
No obstante, en las oficinas de atención presencial que se determinen se pondrán a disposición de los interesados los instrumentos precisos para la remisión de la solicitud, contando con asistencia y orientación sobre su utilización, bien a cargo del personal de las oficinas en que se ubiquen, o bien por sistemas incorporados al propio medio o instrumento.
Fuente: Ministerio de Justicia de España
Preguntas frecuentes para la Ley de Nacionalidad Española para Sefaradíes:
1: ¿Quién puede acogerse a esta Ley?
2: ¿Me conviene acogerme a esta Ley?
3: ¿Cuánto me va a costar el procedimiento?
4: ¿Cuándo, cómo y dónde presentar la solicitud?
5: ¿Qué documentos debo aportar?
6: ¿Qué otros trámites debo realizar?
7: ¿Qué otras cosas debo saber?

eSefarad Noticias del Mundo Sefaradi

Hola , buenas tardes . podria explicarme la prorroga para la nacionalidad española para judios sefardies ?
Hola Joaquín, la prorroga es solamente para aquellos que iniciaron el tramite antes del 1 de octubre de 2019 y aún tienen documentación para entregar.
Saludos cordiales
Liliana