No será fácil demostrar descendencia sefardita

Juan Antonio Martínez-Cattáneo y Hingston, cónsul general de España en Cartagena.
Juan Antonio Martínez-Cattáneo y Hingston, cónsul general de España en Cartagena.

Cualquier residente Iberoamericano que se encuentre en España de manera permanente e ininterrumpida por dos años, puede solicitar la nacionalidad de ese país.

Así lo aclara Juan Antonio Martínez-Cattáneo y Hingston, cónsul general de España en Cartagena,  para quien es más importante esta información que la que circula en los medios masivos de comunicación sobre los apellidos que podrán solicitar nacionalidad española (Lea: El cónsul que quiso ser marinero).

“Hoy y desde hace unos 70 años hay una ley en España que beneficia a cualquier ciudadano iberoamericano, andorrano o de Guinea Ecuatorial, y es que con dos años seguidos de residencia en España pueden obtener la nacionalidad española, a diferencia de cualquier otro ciudadano, sea norteamericano o de un país diferente a los mencionados, quienes requieren de 10 años para conseguirla”, explica el representante diplomático (Lea: Partido Popular de España respalda permanencia de consulado en Cartagena).

‘NO SERÁ TAN FÁCIL’
Respecto a la información publicada en varios medios de comunicación sobre la intención del Parlamento Español de devolver la ciudadanía española a descendientes judíos que habitaron la Península Ibérica (sefarditas), explica que no todo el que tenga alguno de los  5.220 nombres y apellidos de judíos sefardíes podrá obtenerla.
No basta con tener el apellido, las personas tendrán que probar su origen sefardita judío español.
“Primero deben demostrar que su apellido sí corresponde, luego probar que todo su tronco genealógico procede de sefardíes españoles, también necesitará la certificación de un rabino que confirme que sí nació en el seno de una familia judía, entre otras cosas”, dice el cónsul.

ALGO DE HISTORIA
El cónsul cuenta que los judíos sefarditas y los askenazís, son las dos grandes familias judías de Europa (Lea: Identifican judíos muertos por los nazis).
Los askenazís son los que en su mayoría se ubicaron en el centro europeo, mientras que los judíos sefarditas se instalaron en territorio hispano, cuando en la época romana, visigoda y árabe le llamaban a España Sefarad.

Los judíos sefarditas fueron expulsados en 1492 del territorio español, por los Reyes Católicos.

“Sin embargo, nosotros los españoles vemos a los sefarditas con simpatía, porque son de procedencia española, y ahora lo que se está pensando es facilitar que obtengan la nacionalidad española a quienes tengan un origen probado”, explica Martínez-Cattáneo.

Fuente: EL UNIVERSAL – GENTE BAHÍA – @ElUniversalCtg – CARTAGENA DE INDIAS – 4 de Abril de 2014 07:02 am

Check Also

Solar con los restos de edificaciones en la calle Veracruz número 18 de Salamanca. LAYA

Salamanca: Hallan restos del siglo XV y XVI en un solar de la calle Veracruz

  El avance de las excavaciones desvelará la relevancia de los restos arqueológicos. La parcela …

3 comments

  1. Gilberto Martinez Valverde

    Los judios no fueron expulsados en 1942, sino en 1492.

  2. Ya ha sido corregido el error de 1942 x 1492. Gracias al lector Gilberto Martinez.
    Por otro lado, no es ese el único error en el original del diario El Universal. También usa el término DESCENDENCIA por ASCENDENCIA.

  3. quiero aclarar que los sefardies del norte marruecos ,la mayoria, el idioma espanol le recibimos como herencia de nuestros padres ,abuelos etc ,et..! asi que no escribimos correctamente este idioma y nos tienen que perdonar las faltas de ortografia o terminos nada correctos…!!!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.