Modificación de la Ley de Nacionalidad portuguesa por origen sefardí

El nuevo Decreto Ley 23/2022 limita el acceso a la nacionalidad portuguesa por origen sefardí, aunque entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022.

El viernes 18 de marzo se publicó el Decreto Ley 23/2022 que altera el Reglamento de nacionalidad portuguesa y que introduce importantes modificaciones en la normativa y el procedimiento de la nacionalidad por origen sefardí.

Artículo 9.2 “El Reglamento, en la redacción dada por el presente Decreto Ley, entrará en vigor el primer día del sexto mes siguiente al de su publicación”.

El principal cambio regulatorio que introduce el Decreto Ley en materia de nacionalidad por origen sefardí, es que se incorpora un nuevo requisito al indicarse que, junto con los documentos que hasta la fecha se estaban aportando, se deberá aportar un certificado u otro documento  que acredite vinculación con Portugal de:

1) Titularidad, transmitida mortis causa, de derechos reales sobre bienes inmuebles sitos en Portugal, de otros derechos personales de gozo o de participaciones sociales en sociedades comerciales o Cooperativas radicadas en Portugal.

2) Viajes regulares a lo largo de la vida del solicitante a Portugal; cuando tales hechos demuestren una conexión efectiva y duradera con Portugal.

Los derechos que se mencionan en el punto 1 se deben haber adquirido por el solicitante mortis causa, a título hereditario, por lo que no cabe por ejemplo la compra de un inmueble para cumplir con dicho requisito.

En cuanto al punto 2, es un concepto genérico e indeterminado, que esperemos se vaya concretando con el tiempo.

Esto implica en la práctica una limitación para poder solicitar la nacionalidad portuguesa por la vía sefardí, pero repetimos que este nuevo requisito se exigirá a partir del 1 de septiembre de 2022.

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2 comments

  1. ¡Hola!
    Gracias por esta informacion.
    Para aprovechar el tiempo antes de la entrada en vigor la nueva ley (09/01/2022) envié una solicitud de naturalización a la comunidad de Oporto. Pero me dijeron que ya no se ocupan de este tema y que debía contactar directamente con un abogado.
    Me puse en contacto con tres abogados portugueses en Francia, pero todos me dijeron que no podían tramitar mi solicitud.
    ¿Podrían decirme cómo encontrar un abogado que hable francés (o español) y que conozca este caso?
    Gracias de antemano.
    Saludos
    Guy Albala

  2. Dado el articulo https://esefarad.com/?p=112518 «El gobierno portugués abandona el plan para enmendar la ley de nacionalidad» existe algún cambio en lo relacionado al Decreto Ley 23/2022?; puesto que este Decreto también inhabilita la realización del proceso, dadas las altísimas condiciones impuestas en el

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