MÉDICOS JUDIOS DE SEFARAD EN LA EDAD MEDIA por Alvaro López Asensio

1.- El oficio de mege

Aunque en el Aragón del siglo XV, a los médicos se les nombra indistintamente mege y físicos, lo cierto es que en lo habitual en Calatayud era llamarles meges o metges para diferenciarlos de sus colegas castellanos los físicos. La voz aragonesa mege proviene del vocablo latino medicus (médico).

Lo escueto de la documentación no ayuda demasiado a comprender las actividades médicas de los judíos bilbilitanos, pues se habla de meges y cirurgicos en operaciones que nada tienen que ver con la medicina y, sólo en contadas ocasiones hay información directa sobre el tema. Veamos a continuación diversos aspectos relacionados con la medicina judía para comprender mejor su evolución y e importancia.

 2.- El médico y la medicina en el Israel bíblico

Parece que las posibilidades de curación en el Antiguo Testamento se limitaban esencialmente a las heridas1188. La raíz hebrea «rp» significa zurcir, coser, unir; por lo que la expresión ropá definirá al médico de las heridas. Las heridas se «exprimen», se rocían con aceite de oliva o se ungen con bálsamo y se vendan (Is 1, 6; Jer 8, 22).

El médico de heridas aparece también nombrado como hobes (Is 3, 7; Os 6, 1). En general el terapeuta debía «restablece» al debilitado por la enfermedad (Ez 30, 21; 34, 4). No se puede probar con claridad que el Israel Veterotestamentario dispusiera de una clase médica propiamente dicha, como en el resto de civilizaciones circundantes de Babilonia o Egipto. Salvo en el siglo II a. C. cuando encontramos a un tal Jesús Sirac (Eclo 38, 1-15) hablando con todo detalle del médico y el farmacéutico[1].

3.- La formación médica de los judíos en el Aragón medieval

En Aragón medieval fue muy habitual que se practicase la medicina sin estudios, solamente con aquellos remedios naturales y supersticiosos latentes en la sociedad y trasmitidos a lo largo de generaciones por curanderos y santeros. Para diferenciarlos, las Cortes aragonesas apostaron por la medicina académico-científica regulando su práctica y su enseñanza, requisitos imprescindibles para poder ejercer la profesión. Veamos a continuación cómo obtenían los judíos bilbilitanos la acreditación de maestros en medicina[2]:

  • En el siglo XIII se comienza a reglamentar el ejercicio de la medicina. En las Cortes Generales celebradas en Monzón en 1289, se dispuso que para ejercer como médico era imprescindible pasar una prueba o examen ante un tribunal integrado por expertos en medicina y prestar juramento ante el Bayle de cada lugar. Por un documento posterior -la licencia otorgada a un judío llamado Bendit Caravida[3]– se sabe que dicha prueba consistía «in arte medicine et fisice, sed etiam in metafisica, in naturas et in alique parte astrologie».
  • En 1363 las Cortes Generales congregadas también en Monzón decidieron que, tanto los judíos como los mudéjares, antes de ejercer la profesión médica debían superar un examen ante un tribunal integrado por dos expertos en medicina de su propia Ley y por un médico cristiano; en el caso de que faltara alguno de aquellos, presidirán médicos cristianos. Esta disposición fue confirmada por Pedro IV el Ceremonioso en 1369 y 1385 respectivamente. El sistema de titulaciones se mantuvo con su sucesor Juan I, aunque la última palabra al respecto seguía teniéndola el rey.
  • En 1400, el rey Martín el Humano comisionaba al bachiller en artes y medicina de Calatayud, Domingo Polo, para que recorriera el reino de Aragón y examinara «tam medici quam cirugici utriusque sexos et tam christiani, Judea quam sarraceni». En el uso de sus atribuciones dictaminaba quienes eran aptos para ejercer la profesión y castigar a cuantos la ejercían sin licencia o conocimientos insuficientes.
  • La superación de este examen les acreditaba para ejercer la medicina como meges, pero no como maestros o mastres (como aparece en la documentación del XV), titulación que requería de estudios generales en medicina y, por consiguiente, mucho mejor preparados en todas las especialidades médicas. Los meges vendrían a ser como los médicos de cabecera y los mastres meges como los especialistas en medicina general.
  • Los textos bíblicos enseñan de cuántas maneras se vio atraído Israel a dialogar con Yahvéh por razón de la enfermedad y la curación. Intervengan o no prescripciones y remedios humanos, es esencial siempre que el enfermo en su enfermedad y el que se está curando en su curación encuentren a Yahvéh, que envía mediata o inmediatamente ambas cosas. Cada uno de los interesados debe ponerse a la escucha permanente de Yahvéh para oír su alabanza, indicio de una vida sana.

4.- Los judíos y el ejercicio de la medicina en el Aragón medieval

Los meges judíos atendían a pacientes de cualquier comunidad socioreligiosa y de todas las categorías sociales. La iglesia con su inquisición trató siempre de evitarlo, esgrimiendo que podían ejercer una influencia perniciosa en los enfermos y cometer actos abominables con ellos 1192:

  • En el canon 22 del IV Concilio de Letrán (año 1215) se prohíbe que los cristianos recabaran los servicios de médicos hebreos.
  • En el IV concilio de Tarragona de 1243 (La diócesis de Tarazona pertenecían al arzobispado de Tarragona hasta que, en 1318, la cesaraugustana obtuvo la provincia arzobispal) decretó que «tam clerici quam layci in percipiendis medicinis et consimilibus prohibitam et dampnatam iudeorum familiaritatem evitent».
  • En el Concilio de Tarragona de 1307 se estableció que ningún clérigo o laico recurriera en su enfermedad a médicos judíos, so pena de ser respectivamente depuesto o excolmugado.
  • En marzo de 1397, la reina María de Luna, presionada por las autoridades eclesiásticas -argumentando que si los judíos asistían a los cristianos enfermos podían envenenar sus almas a la vez que curaban sus cuerpos- y por los meges cristianos que querían monopolizar la profesión, ordenó que ningún judío hiciera uso de sus conocimientos de medicina con pacientes cristianos sin el consenso y la participación de otro médico de su misma religión. La Soberana amenaza a los infractores con una multa de 10 libras barcelonesas y con la suspensión en el oficio: «statimos quod aliquis judeus utens arte medicine non audeat officium exercere, nisi in epsa cura intervenerit alius medicus christianus, sub pena privaciones dicti officii et decem librarum barchinonensium».
  • El Papa Benedicto XIII, insatisfecho con el resultado de la Disputa de Tortosa (que comenzó el 15 de enero de 1413) dictó, el 11 de mayo de 1415, la Bulla «et si Doctoris Gentis» en la que prohibía expresamente ejercer a los judíos como médicos y cirujanos[4], además de otros oficios.

Por lo que he podido comprobar en la documentación estudiada, tanto los reyes como los nobles e incluso los eclesiásticos aragoneses incumplieron permanentemente estas disposiciones, haciendo caso omiso de sus prescripciones y recabando siempre su ayuda y remedios médicos.

5.- Los médicos judíos y su relación con los pacientes

Las tres noticias documentadas más antiguas que tenemos sobre meges judíos datan de 1287. En la primera, el rey de Aragón Alfonso III ordena al Justicia y Jurados que no cobren a Yuçe Horta[5], su físico personal, ninguna de las cargas tributarias impuestas a los judíos de Calatayud. Los dos restantes son instrumentos reales que exoneran también a Yuçe Horta[6] del pago del impuesto de la peyta o pecha y de cualquier tributo que se recauda en la judería bilbilitana.

Tanto en Calatayud, como en el resto de juderías aragonesas, hubo eminentes meges judíos. Su fama hizo que por sus consultas pasaran infinidad pacientes, incluso de la casa real, como así ocurrió en 1307, cuando los Infantes don Alfonso y doña Leonor (ésta monja en el monasterio de Sijena) ordenan al Bayle, Justicia y Regidores de Calatayud que sólo cobren 28 dineros de pecha  al judío médico bilbilitano, Salomon Alcalay, por un servicio médico que le hizo a doña Leonor[7].

El 10 de diciembre de 1326, la infanta María solicita a su padre, Jaime II, que se le exima del pago de impuestos a su médico personal, maestre Salomon, judío físico de Calatayud, ya “vale mas por mi, e yo tener vos lo he en merced[8]”, es decir, que es para ella mucho más valioso que los impuestos que deba pagar.

Uno de los más eminentes médicos judíos que tuvo la ciudad de Calatayud en el siglo XV fue mastre Tradoz Constantin, cuyo padre (Mosse) y hermano (Salomon) también fueron médicos. A don Tradoz, «a causa de ser tan gran fisico lo yban a visitar eclesiasticos, hidalgos, ciudadanos principales assi hombres como muxeres no reputando ser cargoso a la conçienca[9]» ya que era hombre «quasi de apasionado nunca sallia».

La conversa bilbilitana, Isabel Lunell, mujer de Pedro de la Cabra, mantuvo una estrecha amistad con mastre Tradoz. Los miembros de la familia La Cabra iban a menudo a su casa para visitarle y pedirle “consexos”, ya que una hija de ellos estuvo muchos años enferma con el «mal de orinas[10]» (cólicos nefríticos).

La bilbilitana Leonor Álvarez, hija del converso Jayme Álvarez y viuda de Esperandeo Ram, admitió (ante el tribunal de la inquisición que la juzgaba por practicar ritos y ceremonia judaycas) que tuvo como meges de cabecera a los judíos Vidal y Jehuda Avayut[11].

También María López, casada en segundas nupcias con el converso, Pedro de Santa Cruz, solía visitar a su mege, Jehuda Avayut, cuando estuvo enferma hacia 1482, según testificó Sento Avayut (padre de Jehuda) en el proceso que la juzgaba[12].

También las familias judías bilbilitanas de los Alpastán (Mosse Simuel y Salomón), Bendino (Jehuda y Mehe) y Gargonya (Jehuda y Mosse) tuvieron tradición médica, pasando sus conocimientos y el testigo de la profesión de generación en generación. El judío Yuçe Manyan también fue un mege muy influyente en Calatayud, ya que aparece en infinidad de documentos como protagonista de negocios y préstamos. Su fortuna la debió amasar gracias su profesionalidad médica.

Los médicos cobraban sus honorarios bien por consulta esporádica, bien por los servicios médicos prestados como facultativos de cabecera o pensionados. Jorge de la Cabra, hijo de Pedro de la Cabra, envió en cierta ocasión un cahiz de trigo a mastre Tradoz Constantin[13]. Hacia 1451, el judío mege de Zaragoza Noha Chinillo iba a casa del converso bilbilitano Loys de Santangel[14] (antes Azarías Chinillo). En 1480, también el jurista converso micer Jayme de Montesa acudió a él para pedirle que fuera a visitar a su cuñado, Anthon Ram, que residía en Calatayud[15]. Por la visita cobró veinticinco florines de oro y ciertos peones para acompañarlo después a Zaragoza.

El judío médico, Vitalis Avayud, viendo que el entonces Diputado y Justicia de Calatayud, Johan de Santangel estaba “muy debelitado y desmasado” le dijo que “que seque le venia gana y el dicho Anton de Sanctangel dixo que de carabaraçat (un caldo de carne judío) y buscaronlo  por la ciuda y visto que no se fallo”. Entonces el judío le ofreció “siqueria que su madre deste deposant lo fiziesse y que el dicho Anthon de Sanctangel dixo que mucho plazer habria y este deposant ne fiziesse fazer en su casa a su madre deste deposant llamada Reyna el qual fizieron  de carne judiega y assi fecho gelo envio este deposant con uno cuyo nombre no le acuerda[16].

Las circuncisiones a los niños de ocho días la practicaba siempre un mohel o cirujano especialista en este tipo de intervenciones quirúrgicas menores. En este sentido, el 6 de enero de 1492, el bilbilitano Luis de Heredia compareció ante el tribunal de la inquisición que lo juzgaba de judaizar. En esa ocasión confesó que, cierto día le preguntó a su madre Isabel por qué “los mochachos me llaman rezimellado, que mal he huvido yo en mi miembro la hoia respusso y dixo le la dicha Ysabel madre suya fijo tu aguelo Luys de Heredia truxo a su casa unos jodios llamados maestre Juçe Toriel, medico, maestre Salomon Avayut, çilugiano, y Huda Moreno, çapatero y el dicho maestre Yuçe Lupielen presençia de los dichos jodidos y de tu aguelo te circuncido y te saquo un poco de sangre de tu miembro y te pusieron  (pag. 10 vto.)  nombre Jaquobiquo y te estrenaron quatro reales y eras de verdat quando te circunçidaron de edat de quatro o cinquo annos[17].

6.- Los cirujanos judíos y su actividad curativa

La palabra medieval cirurgico es una afección aragonesa muy común en la documentación notarial bilbilitana, cuya etimología provine de la latina chirurgus (cirujano), de ahí que su cometido aluda a tratar todas las dolencias de carácter externo, mientras que los meges se dedicarán a las enfermedades y patologías internas del cuerpo.

Al considerarse una actividad manual se estimaba una práctica inferior a la del mege, cuyas prescripciones facultativas debía de seguir al pie de la letra. Sus servicios de traumatología y cirugía propiamente dichos se hicieron imprescindibles en los años pródigos en guerras y alteraciones sociales.

Algunos barberos del siglo XV también practicaron una cirugía menor, como extracción de muelas o patologías buco-faríngeos, entre otros. El oficio de barbero se consideraba subordinado al de cirujano. En los protocolos notariales no he encontrado ninguna referencia a barberos judíos que desempeñasen esta especialidad higiénico-sanitaria[18].

El oficio cirurgico se aprendía, por libre, al lado de algún experto o en los libros de consulta, ya que ni siquiera se enseñaba a nivel académico con un plan de estudios. En 1384, el infante Johan reconocía que los cirurgicos no pasaban ninguna prueba para ejercer su profesión. Un año más tarde, la necesidad de superar un examen antes de desempeñar el oficio se hacía extensiva también a los cirujanos, según se deduce de la orden dada por el mencionado infante para anular el proceso iniciado por Johan Navarro (mege de su séquito a quien el propio rey Pedro IV había encomendado la tarea de examinar a los meges y cirurgicos del reino de Aragón) contra los hermanos Junez y Salomon Trigo, cirujanos judíos de Zaragoza[19]. A partir de entonces, tanto los meges como cirurgicos aragoneses de cualquier etnia sociorreligosa pasarán pruebas de selección para profesionalizar el oficio y regularizar su situación, lo que les dará también el reconocimiento socio-profesional de mastres o maestros.

La especialidad de los cirurgicos era limpiar, coser y curar todo tipo de heridas. En 1445, el judío cirurgico de Calatayud Ezmael Benabez estuvo preso en el castillo de la judería por agredir y causar graves heridas físicas a su mujer Aljófar. Su hermano y también cirurgico, Jehuda Benabez, requirió a su cuñada a que compareciera ante notario para que le enseñara las heridas a fin de curárselas[20].

La familia judía Lupiel fue también una de las más populares de Calatayud no sólo por sus innumerables pleitos familiares, sino incluso por sus negocios y por su consagración al mundo de la medicina y cirugía. En la documentación manejada hay infinidad de noticias sobre esta peculiar familia, entre las que cabe destacar las siguientes relacionadas con su profesión:

El 3 de agosto de 1458, el rey Juan II exime del pago de impuestos en toda la Corona de Aragón a su cirujano de Calatayud, Salomon Lupiel y a toda su familia, por los servicios médicos prestados a la casa real[21].

El bilbilitano Pedro Sánchez llegó a enviar al cirurgico, mastre Jehuda Lupiel, fruta, melones y otros obsequios por las dos o tres «curaçiones acertadas» que había hecho a sus hijos[22].

En 1482, el bilbilitano Johan Malon pagó 20 florines de oro al judío cirujano, Yuçe Lupiel, porque «yo solia tener en el costado suio del braço miodrecho una fistole apotemia de ulcera, la qual vos mastre Yuçe Lupiel cirurgiano habitant en la ciudat de Calatayud me haveis curado e sanado mediant nuestro senyor Dios e con vuestra buena judista e trabaio, solicito que en aquella ciudat de Calatayud en mi tenydo haveys en mi persona en la llaga de lo qual en mi pecho vos haveys tenido en cura, es ya sana oy e corrada segunt lo ofrecisteis[23]». Una vez cobrados sus honorarios, el cirujano Yuçe Lupiel se comprometió a «que si en todo el tiempo de la vida de vos ditho Johan Malon vos tornara la dita llaga de vuestro pecho al costado drecho de vuestra persona por alli mismo de oy aquella vos curar e curare pora todo el tiempo de vuestra vida conque en el dicho e mesmo lugar no concertesse tornar el dicho accident o otros a culpa vuestra e cargo, carental caso no me obligo ni me astugo a curar… Et si caso que dentro de hunanyo apres de tornado el dito accidente que ditos no mande, vos dito Johan a requerimiento, ordinacion e que en mio no sanareys e la llaga no sia sana prometo en tal caso me obligo a tornar vos restituir e livrar los ditos vinte florines de oro en oro que de vos recibido…».

En 1483, el converso bilbilitano Pedro de Segovia, confitero de Calatayud, juró ante la cruz dar a Yuçe Lupiel, judío cirurgico, diez florines por haberle curado una fístole o fístula[24].

En 1492, el bilbilitano Johan Fernández, prometió pagar a Yuçe Lupiel, judío cirurgico, seis florines por haberle curado de «cierto mal que tiene en las camas[25]».

___________________________________

[1] (Ecle 28, 1-15) «Honra al médico de acuerdo con su profesión, pues también a él le ha señalado Dios su cometido. El médico es enseñado por Dios y del rey recibe regalos. La ciencia del médico yergue su cabeza y trata con príncipes. De la tierra saca Dios los remedios, y un hombre inteligente no los desprecia… Con ellos aplaca el médico el dolor, el farmacéutico prepara la mezcla…».

[2] LOPEZ ASENSIO, A.; “Oficios de los judíos de Calatayud”, Sevilla, 2009, p. 318.

[3] Archivo de la Corona de Aragón (ACA), Real Cancillería, registros nº 946, fol. 195 vto.

[4] RÍOS, A. de los; «Historia Social Política y religiosa de los judíos de España y Portugal», Apéndice Documental nº 22 del Tomo II – Bulla de Benedicto XIII contra los judíos españoles.

[5] ACA, Cancillería, Registros nº 75, Fol. 28 Vto. (fecha: 29 de septiembre de 1287).

[6] ACA, Cancillería, Registros nº 75, fol 33 Vto. (fecha: 26 de octubre de 1287).

[7] ACA, Real Cancillería, Cartas Reales, caja 23, Nº 2.953 (Jaime II)

[8] Archivo de Protocolos Notariales de Calatayud (APNC), tomo del protocolo nº 4, Anthon Martínez de la Justicia, año 1445, p. 129vto

[9] Archivo Seminario Conciliar de Zaragoza (ASCZ), caja Nº 6, proceso inquisitorial contra la conversa bilbilitana Isabel Lunell, p. 23

[10] ASCZ, caja Nº 6, Proceso inquisitorial contra la conversa bilbilitana Isabel Lunell, p. 5 vto

[11] Archivo Histórico Provincial de Zaragoza  (AHPZ), caja 10, Nº 6, Proceso inquisitorial contra Leonor Álvarez, viuda de Sperandeo Ram, habitante de Calatayud, p. 22 vto.

[12] AHPZ, caja 20, Nº 15, Proceso inquisitorial contra María López, hija de Garci López, vecina de Moros, p. 35

[13] ASCZ, caja nº 6, «Proceso inquisitorial contra Isabel Lunell por judaizante», pág. 3 ss.

[14] AHPZ, leg. 33, nº 1,. «Proceso inquisitorial a Loys de Santangel por judaizante», pag. 115 vto

[15] ZAAT, leg. 32, nº1, «Proceso inquisitorial contra Anthon de Montesa por judaizante», Pág. 277, 381 y 382 vto.

[16] AHPZ, Inquisición, caja 12, Nº 8,  Proceso inquisitorial contra Johan de Santangel (difunto), p. 12. El judío Vitalis Avayud compareció ante el tribunal el 7 de marzo de 1488

[17] AHPZ, Inquisición caja 12, Nº 9, Segundo Proceso contra Luis de Heredia, vecino de Calatayud, p. 10.

[18] LOPEZ ASENSIO, A.; Op. Cit. “Oficios de los judíos de Calatayud”, Sevilla, 2009, p. 323.

[19] ACA, Cancillería, Registros nº 1691, p. 21 Vto. y 22 (20/11/1385)

[20] APNC, tomo del protocolo nº 4, año 1445, notario: Anthon Martínez de la Justicia, p. 129vto.

[21] ACA Real Cancillería, Registro 3353, fol. 52.

[22] AHPZ, Caja 9, Nº 1, Proceso inquisitorial contra Pedro Sánchez, alias el recadero, p. 1

[23] Archivo Parroquial de Belmonte de Gracián (APBG), tomo 19, 1482, Nicolau Bernat

[24] APNC, tomo 187, (25/8/1483), Johan Remón, p. 270

[25] APNC, tomo 186, 1492, Johan Remón, p. 329 vto.

Fuente: Alvaro López Asensio

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